La reforma constitucional
Esta chapucera reforma aprobada sin referéndum por el procedimiento excluyente de esta seudodemocracia bipartidista PP, PSOE la hacen para continuar el reajuste económico, con catastrófica repercusión social en los sectores más vulnerables, dando preferencia a la deuda bancaria sobre los servicios básicos del Estado. La han hecho con carácter de urgencia (cual “puñalada de pícaro”) asestada a los más elementales derechos cívicos. Esta reforma es una concesión vergonzosa a los poderes financieros, arrebatando la soberanía económica central y autonómica para determinar sus compromisos básicos financieros.
Quienes promueven esta medida siguiendo mandato de intereses extranjeros (neocolonialismo económico) traicionan los intereses estatales, al impedir que dicha soberanía ejerza el poder constituyente, único legitimado para reformar la Constitución en este aspecto socialmente fundamental , prostituyéndola y convirtiéndola en papel mojado –si no lo era ya-. La reforma de una Constitución democrática sólo la puede hacer el poder de la soberanía popular constituyente. De no ser así, cualquier modificación la considerarán legal –también autoritarismos y fascismos se han fundamentado en la legalidad-. Por ello, para quienes deseamos la transformación social, jamás será legítima, por suplantar “miserablemente”, con prevaricación política, la justicia igualitaria y el derecho natural, principio de todo derecho humano…, por negar la naturaleza del sistema democrático, en el que la mayoría de la ciudadanía manipuladamente cree vivir. Por ello quienes han analizado -con rigor- la Transición política y el contenido constitucional no han dudado en informar como lo hizo el magistrado Joaquín Navarro en su libro “25 años sin Constitución” por haberla elaborado en situación intimidatoria con “ruido de sables”, presagiando el golpe de Estado del 23-F. Este chantaje procedía de la no ruptura democrática con el régimen anterior fascista, siendo el que llevó la iniciativa constitucional.
¿Cómo concebir el Estado de Derecho saltándose los principios fundamentales del mismo, es decir, fuentes de libertad sin “corsés”, para elaborarle con la participación ciudadana que decida el modelo de Estado –obviamente- república o monarquía?. Al no cuestionarse estas temáticas nos encontramos con este “bodrio” de Constitución, carente de legitimidad al estar compuesta de valores incongruentes, y no vinculantes los concernientes a derechos sociales. Los vinculantes son los autoritarios, secuestradores de libertades, generadores de graves conflictos, (como el “eterno” del País Vasco), por no admitir el fundamental derecho incuestionable a la autodeterminación de los pueblos diferenciados cultural y etnográficamente, por poderes, privilegios, mercantilismos, chauvinismos autoritario-españoleros… De esta manera, se fomenta el bipartidismo oportunista que impide crear el órgano del poder judicial independiente, al ser nombrados los magistrados por los partidos en proporción a su representación parlamentaria. Así, el poder judicial funciona en base a los intereses de partidos. Como se ha visto –en las “peleas de gallos”- en los conflictos internos de los altos tribunales.
En esta época de transición hacia una sociedad más cívica e igualitaria, o hacia el desastre apocalíptico, es imprescindible proyectar una constitución, cuyo proceso legitimador constituyente tome nota de la republicana del 31 actualizada, que galvanice la regeneración humana con valores superiores.