Una base de datos de las fosas de la Guerra Civil y el franquismo
El pasado 25 de Enero la vicepresidenta de gobierno Dolores Gorostiaga, ha firmado el convenio para la elaboración del Mapa Integrado de Fosas que está recogido en la Ley de Memoria Histórica para todo el territorio Español.
La intención es crear una base de datos informática que incluya la información sobre las fosas y que estará disponible a través de una página web donde se podrán hacer las consultas.
Lo que dice la Ley
La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura encomienda al Gobierno determinar el procedimiento y confeccionar un mapa integrado de fosas que incluya a todo el territorio español, que sea accesible para todos los ciudadanos y que incorpore todos los datos que tienen que remitir las distintas administraciones públicas y actores implicados (la comunidad, entidades locales, asociaciones constituidas para la preservación de la memoria histórica).
El Ministerio de Justicia se compromete a poner a disposición sus datos, prestar colaboración y asistencia, actualizar los datos y disponer de infraestructura informática y de telecomunicaciones. Por su parte, a la comunidad autónoma le corresponde cumplimentar la información de las actuaciones realizadas por la propia Comunidad, las entidades locales o las asociaciones e interesados, remitiendo al Ministerio de Justicia dichas informaciones y las variaciones que se vayan produciendo.
El mapa incluirá datos concretos de la fosa en cuanto a su ubicación geográfica, cartográfica, la propiedad del terreno y documentación gráfica; el tipo de fosa (represalia en retaguardia, lucha armada, acción bélica distinta), además, se explicarán las intervenciones o prospecciones previas en la fosa, si es que las hay, indicando la excavación, la realización de la exhumación u otras actividades posteriores como traslado, reinhumación, señalización, etcétera.
Además, señalará las circunstancias de la desaparición y el grado de conocimiento de éstas de las personas que se encuentran en la fosa. Concretamente, el número de cadáveres y el grado de certeza; restos no identificados y número de personas y datos completos de las personas cuyos restos hayan sido identificados.
Se señalará, además, los datos de la entidad que proporciona la información, la referencia a las fuentes (archivos, registros, testimonios orales, bibliografía, investigaciones realizadas, etcétera), así como la ubicación del expediente original, en referencia a la Administración o entidad en el que se encuentre y el vínculo a las web en las que conste la información o, en su defecto, la dirección de correo ordinario.