Sale la sentencia del juicio por la recuperación del solar abandonado de la calle Argumosa

Nos hacemos eco de las últimas noticias que vienen desde Torrelavega, en relación al Espacio Argumosa y a las personas que vienen dando vida a este espacio recuperado durante más de un año.

Lo hacemos difundiendo un artículo de la página de ACPT, donde Iván, la persona represaliada en cuestión, aunque deja bien claro que la condena va hacia su organización, relata lo que ha pasado.

Se ha juzgado a Iván Martínez y se ha condenado al concejal de la ACPT.

En el día de ayer hemos conocido la sentencia del juicio por la recuperación del solar abandonado de la Calle Argumosa que se llevó a acabo el pasado 5 de septiembre de 2015. Un juicio en el que se delimitaba la posibilidad de que se hubiese producido una usurpación de la finca. Conoce todos los detalles:

Desde la ACPT respetamos y acataremos la sentencia (Consúltala aquí) cuando sea firme, aunque no compartimos en absoluto las afirmaciones que vierte, máxime cuando estamos convencidos de haber sufrido un juicio político, algo que analizando la sentencia queda meridianamente claro.

Un juicio que se desarrolló de forma extraña y poco convencional. Hasta el punto de no permitirse la entrada de público a la sala de vistas. O estar las personas que habían acudido a dicho juicio a mostrar apoyo al compañero Iván, vigiladas de forma permanente por policías de paisano.

Una sentencia que busca criminalizar a la ACPT, como se desprende de muchos de sus párrafos, a pesar de apenas haberse permitido la defensa durante el desarrollo del juicio, lo que nos provocó una clara indefensión sobre algunos de los aspectos que finalmente la sentencia da por probados.

Durante el transcurso del juicio, llama mucho la atención que en ningún momento se me permitió hablar del estado del solar, a las constantes referencias que hacíamos al estado de abandono del mismo y a la basura que sacamos de él, recordamos que retiramos 6 toneladas de basura. La respuesta que se nos daba era siempre la misma, “no continúe por ahí, aquí no se está juzgando el estado en que se encontraba el solar, aquí se está juzgando la acción que Usted llevo a cabo el 5 de Septiembre”.

Sin embargo, todo  el hilo conductor de la sentencia para condenarme por usurpación se basa, en que se tiene que considerar que sí hubo una ocupación y usurpación porque el solar se encontraba en condiciones  aceptables, ya que la Ley recoge que si un solar o vivienda ha sido abandonado a su suerte por sus propietarios, el uso del mismo por terceros no se puede considerar ocupación o usurpación.

Todas y todos los vecinos de nuestra ciudad que conociesen el estado del solar antes de nuestra acción de recuperación del espacio, son sabedores del estado en que se encontraba el mismo.

También es curioso ver como ese tribunal llega a la conclusión que mis ingresos económicos son más elevados de los que he afirmado verbalmente, basándose para ello que a la hora de litigar he acudido con representación privada. Ante esto, debo decir que todos los costes judiciales que está suponiendo este proceso están siendo asumidos íntegramente por la organización a la que represento, la Asamblea Ciudadana Por Torrelavega.

Esta sentencia ha querido ser aleccionadora, como en numerosas ocasiones se afirma en la misma, de ahí que la condena sea la máxima que se me puede aplicar, para que el ejemplo de espacio Argumosa no trascienda y a cualquiera se les quite las ganas de antemano de llevar a cabo acciones similares.

Y es que no se ha condenado a Iván Martínez como persona por una acción llevada a cabo, sino que se ha condenado al concejal de ACPT que en esta ocasión se llama Iván Martínez.

Lo dice la sentencia literalmente: “En los delitos leves y en los delitos imprudentes, los jueces o tribunales aplicarán las penas a su prudente arbitrio, sin sujetarse a las reglas prescritas en el apartado anterior. En este caso el delito leve de usurpación está castigado con pena de multa de tres a seis meses. Habiéndose solicitado la pena de cinco meses por el Ministerio Fiscal y de seis meses por el resto de denunciantes. En este caso está justificado que se imponga la pena de seis meses por el hecho de que sea el autor además un concejal del Ayuntamiento de Torrelavega”

Hay que decir que la pena de 6 meses es la máxima a aplicar, sin embargo en ningún momento durante la vista se me permitió hablar en plural, hacer referencia que la decisión de liberar dicho espacio, no fue una decisión mía únicamente sino una decisión colectiva de ACPT, respaldada por todas las personas que participaron en la asamblea previa del 4 de Septiembre.

Para la ACPT no compartir la sentencia por todo lo que acabamos de exponer, nos obliga a recurrir la misma, y recurriremos por tanto, a pesar de ser conscientes de que quizás se esté juzgando algo más que el hecho puntual de la limpieza de una finca, y se pretenda dar un escarmiento. Un toque de atención con el que deciros a todas y todos que no podéis saliros del tablero de juego en el que las normas las pone el que siempre tiene que ganar la partida.

Recurriremos la sentencia además, porque desde ayer el compañero Iván se ha convertido en el primer condenado en el Estado español por la recuperación de un solar abandonado con la autorización de uno de los dueños.

Desde la ACPT os anunciamos que iniciamos una campaña de autoinculpación que denominamos “#yotambiénlimpiéArgumosa”, con la que demostrar que por mucho que se persiga una persona, la organización popular prevalece. Una campaña con la que esperamos recibir el apoyo y la solidaridad activa de todas y todos los que consideran desproporcionada la sentencia o en algún momento han considerado que a pesar de todo, siempre será mejor una plaza libre que un vertedero.